Mañana inicia la ley de garantías ¿En qué consiste?

A partir de mañana, 29 de junio, entrará en vigencia la Ley de Garantías, que suspende la contratación pública durante un período de cuatro meses debido a la cercanía de las elecciones territoriales.

El próximo 29 de octubre se llevarán a cabo las elecciones a gobernadores, diputados, concejales municipales y distritales, ediles o miembros de juntas administradoras locales, alcaldes municipales y distritales. Durante este periodo, se aplicarán restricciones a la contratación pública.

Existen dos tipos de restricciones en la contratación pública durante las elecciones reguladas por la Ley 996 de 2005, conocida como la Ley de Garantías. El artículo 33 de esta ley se aplica específicamente a las elecciones presidenciales, por lo que no aplica este año. Sin embargo, el artículo 38 regula las restricciones en víspera de las elecciones territoriales, y es el que entrará en vigencia a partir de mañana.

Esta ley impone restricciones en materia contractual a gobernadores, alcaldes y secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas a nivel departamental, distrital o municipal.

A partir de la entrada en vigencia de la Ley de Garantías, los funcionarios regionales no podrán celebrar convenios interadministrativos destinados a la ejecución de recursos públicos. Además, se prohíbe su participación, promoción o destinación de recursos públicos de las entidades a su cargo o en las que participen como miembros de juntas directivas, en reuniones de carácter proselitista.



También queda prohibido inaugurar obras públicas o dar inicio a programas sociales en eventos en los que participen candidatos a cargos de elección popular. No se autorizará la utilización de bienes públicos para actividades proselitistas ni se facilitará el alojamiento o transporte de candidatos o sus voceros.

Asimismo, durante este periodo, no se podrá realizar modificaciones en la nómina de la entidad, salvo en casos de provisión de cargos por faltas definitivas debido a muerte o renuncia irrevocable, debidamente aceptada, o en situaciones en las que se apliquen las normas de carrera administrativa.

Estas restricciones tienen como objetivo garantizar la imparcialidad y transparencia en el proceso electoral, evitando el uso indebido de recursos públicos con fines proselitistas.

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