📸 Imagen cortesía Presidencia de la República
¿Silencian al presidente? La CRC y la alocución vetada
Este miércoles 15 de octubre, un episodio poco común sacudió la relación entre la Presidencia de la República y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
La CRC negó la solicitud del presidente Gustavo Petro para emitir una alocución presidencial en cadena nacional de televisión abierta. La razón oficial: el mensaje no califica como urgente ni de interés público excepcional para interrumpir la programación habitual. La decisión se apoya en la Sentencia del Consejo de Estado del 16 de septiembre de 2025, la cual establece estrictos parámetros para estas intervenciones: solo una por semana, justificación clara de urgencia y puntualidad en los tiempos de inicio y fin.
Aunque la solicitud cumplía con ciertos requisitos formales, el carácter “no urgente” y la falta de excepcionalidad fueron decisivos para la negación. La CRC subrayó que no se limita la libertad de expresión presidencial; más bien, se busca preservar el equilibrio y la responsabilidad en el uso del servicio público de televisión.
De inmediato, el presidente Gustavo Petro habló de “acto de censura” y alentó a la comunidad jurídica, tanto nacional como internacional, a repudiar esta medida. Y advirtió: si la televisión no es una opción, acudirá directamente a la ciudadanía en plazas públicas.
Este encuentro tenso plantea preguntas que van más allá de los reglamentos: ¿dónde están los límites reales del poder presidencial en la esfera pública? ¿Cómo se concilian la necesidad de informar y las reglas que regulan los medios? En medio de una sociedad fragmentada y con discursos polarizados, el episodio revela el frágil equilibrio entre institucionalidad y debates públicos.
Mientras tanto, la CRC no cierra la puerta y da pie para que el presidente ajusta su solicitud conforme a los criterios jurídicos vigentes. Pero la duda pervive: ¿podrán las reglas y la política coexistir sin ahogar la voz del mandatario? La plaza pública ya espera.