¡A responder! Propietarios de vehículos deben asumir sanción por fotodetección

En un importante cambio que marca la responsabilidad vial de los propietarios de vehículos en el país, la Corte Constitucional, a través de la sentencia C-321 de 2022, ha sentado un precedente que obliga a los dueños de automóviles y motocicletas a asumir las sanciones de tránsito por fotodetección, incluso cuando no sean quienes estén al volante.


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La sentencia C-321 de 2022 confirma la constitucionalidad del artículo 10 de la Ley 2161 de 2021, que establece una serie de deberes para los propietarios de vehículos. Entre estos deberes se incluyen mantener el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) al día, contar con la revisión técnico-mecánica vigente, no exceder los límites de velocidad permitidos, respetar la luz roja de los semáforos y transitar solamente por lugares y en horarios autorizados.

La subsecretaria legal de la Secretaría de Movilidad de Medellín, Rosa Ramírez, recordó la importancia de circular con los documentos en regla y de tener precaución al prestar un vehículo a terceros, ya que los propietarios pueden verse inmersos en un proceso administrativo sancionatorio por las infracciones cometidas por quienes conduzcan el vehículo. Esto evitará inmovilizaciones y sanciones innecesarias.


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Esta decisión judicial marca el fin de la impunidad que algunos infractores habían logrado amparándose en la sentencia C-038 de 2020, que alegaba la imposibilidad de identificar al conductor infractor.

Con la sentencia C-321 de 2022, se espera que un mayor número de personas reconozca la responsabilidad que implica poner un vehículo en circulación y que esta medida fortalezca la seguridad vial en el país.edited 09:53 AM

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