Claro y movistar en la mira de la SIC por prácticas ilegales

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha iniciado una investigación en contra de Comunicación Celular S.A (Claro) y Colombia Telecomunicaciones S.A. (Movistar) por presuntas prácticas irregulares que obstaculizan la portabilidad numérica de los usuarios entre operadores. Las indagaciones preliminares sugieren que ambas empresas podrían estar violando el Régimen de Protección a los Usuarios al limitar el derecho de los usuarios a elegir libremente el operador de su preferencia a través de la portabilidad numérica.

La investigación se inició después de recibir varias quejas de usuarios y otros proveedores del mercado, quienes alegaron que las solicitudes de portabilidad estaban siendo rechazadas. La SIC encontró evidencia de la presunta activación y cobro a los usuarios de un producto sin su autorización previa por parte de Movistar y Claro. Los productos en cuestión se denominan «Mejor Juntos» y «Bonos de Fidelización» para Movistar, y «Datos Plus» para Claro. La SIC considera que esta práctica vulnera el derecho de los usuarios a elegir libremente.

La investigación formula cuatro cargos contra los proveedores de servicios de comunicaciones: desconocer el derecho de los usuarios a recibir información clara, cierta, veraz, oportuna y completa para tomar decisiones respecto del servicio ofrecido o activado; modificar las condiciones acordadas previamente con los usuarios, imponiéndoles y cobrándoles servicios que no fueron aceptados expresamente por ellos; desconocer el derecho de los usuarios a recibir copia del contrato de prestación de servicios de comunicaciones ajustado; y diseñar e implementar estrategias comerciales y/o promociones y ofertas que tienen como efecto impedir que los usuarios elijan libremente su proveedor de servicios.

La SIC ha impuesto una serie de medidas administrativas de carácter inmediato y permanente para evitar que los usuarios sean limitados en su libre elección de proveedor y la conservación de su línea. Si Movistar y Claro son hallados culpables de las conductas descritas, podrían ser sancionados con multas de hasta 15.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes según lo establecido en el Artículo 65 de la Ley 1341 del 2009.


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