Corte confirma fallo contra padre que causó incapacidad de 8 días a su hija de 5 años

📸 Imagen de referencia creada con IA
¿Castigo o crueldad? La pena para un padre que marcó a su hija

En la fría estampa de un hogar bogotano, la infancia quedó herida. Este 10 de julio de 2025, la Corte Suprema de Justicia de Colombia confirmó una condena que resuena más allá de la justicia formal: seis años de prisión para José Crispín Saavedra Guerrero, hallado culpable de agredir a su propia hija, una niña de apenas cinco años.

Los hechos, ocurridos en 2016, revelan un capítulo doloroso. La menor presentó contusiones visibles en la espalda, el muslo y el glúteo, lesiones que no solo quedaron marcadas en su piel, sino que, según informó el Instituto Nacional de Medicina Legal, le ocasionaron una incapacidad médica de ocho días. La madre, al descubrir esas heridas, confrontó al padre para encontrar razones, pero solo recibió una justificación que resultó insuficiente y cruel: los golpes fueron una “corrección” de la conducta infantil.

Ante esta situación, la mujer llevó a su hija primero a un centro del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y luego a Medicina Legal, donde se ratificó la violencia sufrida. La Fiscalía General de la Nación tomó el caso y judicializó a Saavedra Guerrero, dando pie a un proceso que pondría a prueba las líneas del derecho y la ética parental.

Pero el camino judicial no fue recto ni sencillo. En un primer momento, un juzgado absolvió al hombre, invocando la falta de pruebas suficientes debido a la ausencia de la niña en el juicio y a la invalidez de varios testimonios. Este fallo generó dudas y desazón entre quienes vigilaban la causa. Fue entonces que el Tribunal Superior de Bogotá, en marzo de 2021, revirtió esta decisión: impuso la condena de seis años de cárcel, la suspensión de la patria potestad y la prohibición para ejercer cargos públicos durante ese mismo periodo.

La defensa apeló ante la Corte Suprema, alegando que la “corrección” no había excedido límites legales, intentando diluir una realidad que desgasta los vínculos familiares y erosiona la protección que toda infancia merece. Sin embargo, el máximo tribunal zanjó la controversia con una sentencia clara: el derecho de corrección parental no puede usarse como escudo para justificar abusos ni maltratos que violan la integridad de los niños.

¿Dónde termina la autoridad y comienza la violencia? Este caso nos convoca a repensar la fina línea que separa la disciplina de la crueldad, el ejercicio de la patria potestad de la transgresión del derecho fundamental a crecer libres de dolor físico y psicológico. La justicia, al menos en esta ocasión, decidió actuar con firmeza, enviando un mensaje a quienes aún confunden el amor con el castigo.

Mientras tanto, la desgarradora pregunta queda suspendida en el aire: ¿podrá esta niña reconstruir su infancia después de las marcas que no desaparecen en la piel? Y, del otro lado, ¿qué reflexiones provocará esta sentencia en las familias colombianas y en las instituciones encargadas de proteger a la infancia? La respuesta parece necesitar más que una condena: un compromiso social para evitar que el silencio y el maltrato sigan partiendo hogares.

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