“Los tarjetones no se van a modificar”: Registraduría rechaza excluir listas del Pacto Histórico

📸 Cortesía: Colprensa – John Paz
Registraduría Nacional descarta cambios en tarjetones para elecciones del 8 de marzo

En las últimas horas, la Registraduría Nacional confirmó que no realizará modificaciones a los tarjetones electorales para las elecciones al Congreso del próximo 8 de marzo, dejando así sin efecto las solicitudes para excluir las listas del Pacto Histórico.

El registrador Hernán Penagos aclaró que, según la Ley 1475 de 2011, las modificaciones a las listas solo podían hacerse hasta el pasado 8 de febrero, anticipo que ya venció. “No se llevará a cabo ningún tipo de cambio debido a que la impresión de los tarjetones está en ejecución”, indicó en rueda de prensa. Detalló que esta decisión afecta las solicitudes relacionadas con la exclusión o alteración de candidaturas dadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Esta determinación responde a la controversia surgida después de la revocatoria por parte del CNE de las listas conjuntas del Pacto Histórico y Colombia Humana en circunscripciones como Bogotá y Valle del Cauca. El tribunal eliminó las coaliciones que superaban el umbral del 15% en 2022, permitiendo ahora inscripciones individuales hasta la fecha límite jueves pasado. Entre las candidatas afectadas están María Fernanda Carrascal, Laura Camila Beltrán y María del Mar Pizarro. Por su parte, el presidente Gustavo Petro calificó la revocación como un “golpe a la democracia”, aunque finalmente respetó las definiciones sobre jurados de votación sorteados previamente.

Penagos agregó que sentencias judiciales posteriores no alcanzarán a modificar los tarjetones físicos por adelantarse la producción y distribución, incluso en el exterior. Con esto se garantiza que la agenda electoral propuesta en la Resolución 2581 de 2025 de la Registraduría se mantenga intacta, asegurando un proceso sin alteraciones el 8 de marzo. Recomendó que las disputas pendientes sean resueltas por la vía jurídica sin interferir en la logística electoral.

De acuerdo con la normatividad vigente, las atribuciones para modificar las listas están limitadas estrictamente al plazo previsto, con excepciones solo para casos especiales como muerte o incapacidad hasta ocho días antes de votar. Así las cosas, queda definido el mecanismo de actuación hasta el inicio de la jornada electoral, respaldando la estabilidad del calendario establecido.

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