
El Ministerio de Salud expidió una resolución para la atención integral en las interrupciones voluntarias del embarazo con la que adoptaron las condiciones previstas por la Corte Constitucional para este procedimiento.
La resolución 051 con la que se adopta en el país la regulación para la atención integral del aborto, en la normativa se garantiza que, de ahora en adelante, las personas gestantes menores de 14 años pueden interrumpir voluntariamente su embarazo sin requerir la autorización de sus padres o tutores legales.
A principios del año pasado, la Corte Constitucional decidió despenalizar el aborto hasta la semana 24, en una decisión que puso al país de nuevo en la vanguardia latinoamericana, aunque aún sigue habiendo barreras en el acceso a este derecho. El abogado Esteban Manco afirmó que de acuerdo a esta resolución, las entidades e instituciones de salud no pueden declararse en objeción de conciencia para realizar el procedimiento, aunque el médico si puede declararse incapaz como persona natural por objeción de conciencia, la clínica u hospital debe garantizar la prestación del servicio.
Respecto a los abortos que se realicen tras la semana 24, se aplican las tres causales de la sentencia de la Corte C-355 de 2006: riesgo para la vida de la persona gestante, malformación del feto y cuando el embarazo haya sido producto de un abuso sexual o en inseminaciones no consentidas. También aplica para personas en situación de vulnerabilidad por antecedentes de enfermedades mentales o con problemas de adicción a estupefacientes, es decir, que solo se requerirá de su consentimiento explícito para que les practiquen un aborto.