
La Registraduría Nacional del Estado Civil ordenó que, los ciudadanos cuya expedición de cédula sea desde el 08 de enero de 2003 y no la haya inscrito para jornada electoral, no podrá votar en los puntos masivos que por costumbres se habían dispuesto en Medellín y otros municipios de Antioquia.
La situación generó inconformidad con electores que no sabían de la medida y se acercaron a votar por su candidato.
Los ciudadanos cuya expedición de cédula sea entre 01 de enero de 1988 y 07 de 2003, y nunca la hayan inscrito si pueden votar en la ciudad correspondiente a la expedición de su documento.