
El fallo del 13 de octubre de 2021 de la sala de oralidad del Tribunal Adminsitrativo de Antioquia, declaró la nulidad del nombramiento del gerente de EPM Jorge Carrillo Cardozo, por estar incurso en inhabilidad de acuerdo al artículo 10 del Decreto Ley 128 de 1976 de la función pública.
Carrillo Cardozo tendrá cinco días hábiles para apelar la decisión del Tribunal en segunda instancia y lo hará, ante el Consejo de Estado.
Mientras el ente de control valora la apelación y se surte el tiempo de vacancia legislativa de la Rama Judicial, el fallo de fondo podría tardar hasta febrero o marzo de 2022. Tiempo en el cual, el gerente podrá seguir en sus funciones del cargo.