Ya es efectivo el recargo nocturno desde las 7:00 p. m.: lo que deben saber los trabajadores

Cortesía Andina
El recargo nocturno en Colombia ahora aplica desde las 7:00 p. m., según la Ley 2466 de 2025 que entró en vigencia el 25 de diciembre de ese año. Esta modificación impacta a miles de trabajadores en sectores como vigilancia, transporte, salud y comercio quienes verán cambiado el pago de sus horas extras con este nuevo horario.

El decreto desafía la jornada diurna entre 6:00 a. m. y 7:00 p. m., mientras que la jornada nocturna abarca desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m., con un porcentaje de recargo del 35 % sobre la hora ordinaria. Para un empleado con salario mínimo de 1.423.500 pesos mensuales en 2025, la hora nocturna tendría un valor aproximado de 8.735 pesos, aunque esas cifras sufrirá el ajuste paulatino previsto con la reducción de la jornada semanal a 44 horas.

No todos están incluidos en esta regulación: los turnos sucesivos, planificados hasta por seis horas diarias y 36 horas a la semana para procesos continuos en empresas, no recibirán recargo nocturno. Además, en el sector público la normativa todavía se aplica según estatutos especiales acordados para garantizar la flexibilidad, seguridad y salud de los empleados.

Si el empleador no incluye el recargo horario a partir de las 7:00 p. m., el trabajador está en su derecho de reclamar primeramente internamente y, de no tener respuesta, presentar formal queja ante el Ministerio del Trabajo, que actúa inspeccionando y conciliando. “Esta medida busca reincorporar derechos laborales vulnerados en regulaciones anteriores”, explicó una vocera del Ministerio al explicar el propósito de la reforma.

Esta actualización legal paso a paso fue adoptada tras aprobaciones en la Comisión Séptima de la Cámara en diciembre de 2023. Tiene como objetivo principal actualizar la jornada laboral colombiana conforme a convenios de la Organización Internacional del Trabajo, alineándose con normas internacionales y restaurando condiciones para miles de empleados bajo la modalidad del turno nocturno.

La recomendación del Ministerio es que los trabajadores consigan asesoría ante incumplimientos y que empleadores y empleados dispongan con claridad las jornadas de trabajo. La Gobernación y Alcaldías hacen seguimiento a los casos vinculados durante el ajuste factible en las referidas actividades económicas.

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